BUZÓN ÉTICO Y DE BUEN GOBIERNO
Acceso
al Buzón Ético y de Buen Gobierno
Puede comunicarse cualquier acción u omisión contraria a los principios de buen gobierno para reforzar la gestión.
Comunicación confidencial de actos ilícitos o inapropiados, u omisiones contrarios a la normativa vigente y a las políticas del Comité.
ACCEDERÁMBITO DE ACTUACIÓN
Este canal de denuncias tiene que ser utilizado por el personal interno tal y como se define en el Código Interno de Conducta, con independencia de su ubicación o puesto, en el caso de tener conocimiento de una violación de las normas del COE o cualquier otra irregularidad.
También puede ser utilizado por personas externas al COE que deseen denunciar y documentar alguna presunta irregularidad que choque con las prácticas de buen gobierno de la institución.
OBJETIVOS
-
Prevenir delitos en la institución o corregir malas prácticas que pongan en peligro la reputación del Comité o la correcta prestación de los servicios
-
Fomentar el buen gobierno.
-
Facilitar la participación ciudadana y del personal.
Requisitos para el correcto uso >>
Identificación
El denunciante deberá identificarse, sin perjuicio de que su identidad sea revelada al denunciado.
Documentación
El denunciante deberá aportar la documentación que le sea requerida para facilitar la investigación del hecho denunciado.
Denuncias Falsas
Se advierte de que deberán de abstenerse de presentar denuncias falsas o sin fundamento interpuestas con mala fe.
Datos Personales
Los datos personales facilitados con ocasión de la denuncia y obtenidos a resultas de la investigación correspondiente serán tratados únicamente para la gestión de la denuncia.
PROCEDIMIENTO
01 ENVIO
03 ADMISIÓN
05 INFORME
06 RESPUESTA
04 VERIFICACIÓN
02 TRAMITACIÓN
PROCEDIMIENTO
-
1El denunciante remitirá su denuncia a través del buzón exponiendo los hechos y aportando la documentación que considere oportuna, tras lo cual recibirá una confirmación de la recepción por parte del COE.
-
2El denunciante remitirá su denuncia a través del buzón exponiendo los hechos y aportando la documentación que considere oportuna, tras lo cual recibirá una confirmación de la recepción por parte del COE.
-
3En caso de ser admitida a trámite, el denunciante deberá colaborar con el Órgano de Cumplimiento en la investigación interna cuando le sea requerido.
-
4Se realizará una verificación preliminar para contrastar si los hechos denunciados infringen las políticas del COE. De ser así se nombrará un instructor quién será el que informe al investigado y practique. las diligencias de investigación necesarias, las cuales serán confidenciales y documentadas.
-
5Una vez concluida la investigación, se emitirá un informe que será aprobado por el Órgano de Cumplimiento y posteriormente sometido a la Comisión de Ética, para su discusión y posible implementación de las medidas propuestas.
-
6Finalmente, el denunciante será informado a través de este canal de comunicación con copia a su correo electrónico.
...en el caso de tener conocimiento de una violación de las normas del Código de Conducta o cualquier otra irregularidad.
COMITÉ OLÍMPICO ESPAÑOL
Puede realizar cualquier trámite y/o solicitud que necesite directamente de forma presencial en nuestras oficinas ubicadas en:
C/ Arequipa, 13
Gran Vía de Hortaleza
28043 | Madrid